Depósito Legal y censura





Lo siento, pero por más que intento ser condescendiente con los errores y los despistes de los periodista, la verdad es que me lo ponen difícil; porque mientras los periodistas clásicos contaban como herramienta principal para su oficio con una cultura general aceptablemente amplia, y si no sabían algo lo preguntaban, los de ahora acostumbran a tropezar continuamente en piedras no hace tanto fáciles de esquivar incluso para los escolares.

Véase el caso que en esta ocasión nos ocupa tomado del artículo Biblioteca Manuel Alvar, cuatro años de fundido a negro, publicado el día 2 de diciembre de 2021 en la edición digital del diario ABC. El artículo es una denuncia, con la cual me solidarizo totalmente, del estado de abandono de esta biblioteca pública madrileña, cerrada en abril de 2019 para unas obras de reforma al día de hoy todavía sin terminar y a la espera del inicio, ya en 2022, de las intervenciones restantes. Supongo que los cuatro años a los que hace alusión el título se habrán contabilizado respecto a la fecha prevista para su reapertura, porque si no es así no me salen las cuentas; pero en cualquier caso no es esto lo que me llamó la atención, y en cualquier caso aun los dos años y medio que ya lleva cerrada, más lo que todavía falta, es un plazo de tiempo intolerable aun estando por medio el parón provocado por la pandemia. Al fin y al cabo Alejandro Amenábar tenía toda la razón cuando afirmaba recientemente que “Los éxitos de nuestra cultura no se celebran como los del deporte”, y ahí están las hemerotecas para corroborar que la consecución de un trofeo internacional ha tenido muchísima más repercusión, no sólo popular sino también institucional, que la concesión de un Premio Nobel.

Pero no voy a insistir más en ello, así que vayamos al grano que en esta ocasión es el siguiente párrafo:


“Además, comparte [la biblioteca Manuel Alvar] con la Biblioteca Regional de Madrid la sede del Depósito Legal. En este sentido, estas funciones ahora no las ejerce debido a su cierre. Pero le permitía contar con una importante colección originada por los fondos que la censura recibía, y que sólo pueden consultarse en sus instalaciones.”


Cualquier periodista debería saber, y si no era así le resultaría fácil enterarse consultándolo en internet, que el Depósito Legal, es decir, la obligación de entregar a los organismos públicos encargados de su gestión un determinado número de ejemplares de todos los libros impresos en España, aunque hunde sus raíces en el siglo XVIII, no quedó legislado hasta 1958. En realidad no eran sólo los libros los que tenían -y tienen- que cumplir con este requisito, ya que también afectaba a otros tipos de materiales impresos tales como periódicos y revistas, folletos, mapas, postales, partituras, libretos, estampas y fotografías, cromos, películas o grabaciones sonoras, y más recientemente también a los documentos audiovisuales y a los documentos en formato electrónico en cualquier soporte que no sean accesibles a través de internet.

Pero hay una cuestión a considerar. Como acabo de explicar el Depósito Legal siempre se realiza, y esto no ha variado desde su implantación hace más de sesenta años, con documentos impresos, mientras la censura, tanto la de épocas pretéritas como la franquista, se aplicaba sobre los originales, y sólo cuando éstos eran permitidos se podía proceder a su impresión, estando prohibido hacerlo sin este requisito previo.

Habría que esperar hasta la promulgación en 1966 de la ley de prensa conocida popularmente como Ley Fraga, por ser este político su promotor, para que fuera suprimida la censura previa, que no la censura puesto que este cambio legislativo supuso la aparición de la espada de Damocles del secuestro administrativo de publicaciones, con posterioridad a su impresión, si las autoridades franquistas estimaban que lo vertido en ellas era contrario a la legislación de la época, poco tolerante como cabe suponer con la libertad de expresión.

Aunque el régimen franquista intentó vender esta ley como un paso adelante, la realidad fue muy distinta ya que incluso se incrementó la inseguridad de las editoriales, puesto que no era lo mismo tener garantías de que todo lo publicado se podría distribuir y vender sin problemas -lo que no le gustaba a la censura se había quedado por el camino- que enfrentarse al riesgo de ver secuestrada una edición entera, con el quebranto económico que esto suponía al que se sumaban las previsibles represalias legales contra el autor y el editor. De hecho, en la práctica lo único que consiguió la Ley Fraga fue fomentar la autocensura, sin que ésta sirviera para ponerse a salvo de las arbitrariedades de la todavía rampante censura. Así lo demuestran los sonados secuestros que tuvieron lugar, en aplicación de esta ley, no sólo de periódicos y revistas sino también de libros, alguno tan surrealista como el ejecutado contra un ejemplar de Nueva Dimensión, una peligrosa revista de ciencia ficción, ya que la censura franquista no desaparecería hasta la reforma política promovida por Adolfo Suárez durante los años de la Transición.

En cualquier caso, y discúlpenme por esta pequeña lección de historia, está claro que el Depósito Legal nada tuvo que ver con la censura ni siquiera durante los años de plomo del franquismo. Primero, porque no se implantó hasta casi veinte años después del final de la Guerra Civil, cuando la dictadura comenzaba ya a dar lo primeros pasos hacia una tímida y limitada apertura. Segundo, porque entre 1958 y 1966 permaneció vigente la censura previa, por lo que de poca ayuda podrían servir a los censores los ejemplares impresos entregados en el Depósito Legal puesto que ellos operaban sobre los textos originales. Tercero, porque a partir de la promulgación de la Ley Fraga las intervenciones de la censura en forma de secuestros preventivos de las ediciones impresas tampoco precisaban de una consulta previa al Depósito Legal, ya que había ejemplares de sobra circulando por los circuitos de distribución y venta, y cuando saltaba la liebre solía ser por otra vía a veces tan sencilla como comprando un ejemplar en el kiosco más cercano. Y cuarto, y último, por algo tan evidente como que la desaparición de la censura no acarreó la supresión del Depósito Legal, algo lógico puesto que nada tenían que ver entre ellos.

En resumen, el gazapo no es sólo fruto de un desconocimiento palmario de la historia reciente de nuestro país sino también, y esto es más grave, de una preocupante carencia de sentido común.


Publicado el 4-10-2021